El Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Jumilla, en Auto de 9 de diciembre de 2.019 ha sobreseido el procedimiento de ejecución hipotecaria al declarar la abusividad de la cláusula que estipula la facultad de vencimiento anticipado. Tras declarar la nulidad de la cláusula reseñada el Juzgado declara el archivo de la ejecución hipotecaria contra Banco Santander.

A continuación reproducimos la parte final del Auto:

«De acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Supremo expresada en la sentencia 463/2019 de 11 de septiembre procede acordar el sobreseimiento y archivo de este proceso de ejecución, al haber sido vencido el préstamo bajo la vigencia de la Ley 1/2013 en aplicación de una cláusula contractual de
vencimiento anticipado reputada nula y no ser posible la sustitución de esta cláusula por la disposición imperativa de derecho nacional que representa el artículo 693.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil interpretada conforme a los requisitos del artículo 24 de la Ley 5/2019 reguladora de los contratos de crédito inmobiliario».